Recibir una carta de multa por exceso de velocidad es, para muchos, un momento de pánico. Pensamos inmediatamente en desembolsar dinero y, si las cosas se ponen feas, incluso en perder puntos del carnet. En España, al igual que en otros países europeos, las infracciones de tráfico se sancionan de diversas maneras, dependiendo de la gravedad y del lugar donde ocurrieron. Los radares y las cámaras de tráfico son cada vez más precisos, y discutir un exceso de velocidad pillado por tecnología moderna puede parecer una batalla perdida. Pero, ¿y si te dijera que no siempre tienes que pagar sin rechistar? A veces, los errores ocurren, o puede que no seas tú quien iba al volante. Antes de apretar el botón de "pagar", es crucial entender tus opciones.
¿Y si el conductor no eras tú? La figura del "conocido cercano"
Imagina esto: llega una carta de multa a tu domicilio o a tu buzón digital, pero tú estás completamente seguro de que no cometiste ninguna infracción de tráfico. Lo primero que te viene a la cabeza es: "¿Quién conducía mi coche?". En España, al igual que en otros lugares, las multas suelen ir dirigidas al titular del vehículo. Sin embargo, la ley contempla situaciones en las que el vehículo era conducido por otra persona. Desde 2013, en la legislación española se ha reforzado la responsabilidad del titular del vehículo, pero esto no significa que te conviertas automáticamente en el responsable de cualquier infracción cometida por quien usara tu coche.
El quid de la cuestión radica en cómo se gestiona esta situación. Si el titular del vehículo declara que no era él quien conducía, la administración puede iniciar un procedimiento para identificar al conductor real. Si se designa a un "conocido cercano" (una figura que permite no delatar a familiares cercanos directamente en algunos contextos legales), el proceso se redirige hacia esa persona. Es decir, la multa y sus consecuencias (puntos, etc.) recaerían sobre quien realmente iba al volante, **no sobre el titular si este colabora en la identificación del conductor real**.
Olvida la idea de usar la "excusa del desconocido": hay que identificar al infractor
Es importante recalcar que la normativa busca la identificación del infractor. Si te llega una multa y no eras tú quien conducía, tienes varias vías:
- Identificar al conductor real: Si sabes quién usó tu coche, puedes comunicarlo a la autoridad competente. El procedimiento se iniciará contra esa persona.
- Declarar que no sabes quién conducía: Esto puede salirte caro. Si como titular afirmas desconocer quién conducía tu vehículo, podrías enfrentarte a una sanción económica considerable (incluso superior a la multa original) por obstruir la acción de la justicia o por no haber adoptado las medidas necesarias para identificar al conductor.
- Asumir la multa: Si prefieres evitar complicaciones o no puedes identificar al conductor, puedes asumir la multa y sus consecuencias (puntos, pago).

¿Cómo impugnar técnicamente una multa por radar o tramo?
No todas las mediciones de velocidad son infalibles. Aunque los radares modernos son muy precisos, existen argumentos legales que puedes esgrimir para defenderte, especialmente si sospechas de un error en el proceso. Aquí es donde la cosa se pone interesante:
- Errores en el procedimiento policial: Tienes derecho a que la actuación de los agentes se ajuste estrictamente a los requisitos legales. Cualquier vicio en el procedimiento puede ser un argumento.
- Dudas sobre las pruebas: Las fotos o vídeos que supuestamente demuestran tu exceso de velocidad pueden ser impugnadas si crees que no captan tu vehículo correctamente o si hay ambigüedad.
- Verificación del equipo: Aquí está una de las claves. Puedes solicitar la verificación de la calibración y configuración del radar o cinemómetro. Los equipos deben pasar revisiones periódicas para garantizar su exactitud. La normativa establece tolerancias: un margen de error de ±3 km/h para velocidades de hasta 100 km/h y del ±3% para velocidades superiores. La policía debe aplicar esta tolerancia al notificar la infracción. Si sospechas que el margen no se aplicó correctamente, o que el dispositivo no estaba bien calibrado, tienes argumentos sólidos.
En mi práctica he visto casos donde un simple error en el registro o una calibración deficiente han llevado a la anulación de multas. Sin embargo, es muy recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en tráfico para navegar por estos vericuetos legales.
Pasos si te has llevado una sorpresa en el buzón
Si te ha llegado una notificación de multa y estabas seguro de no haber cometido tal infracción, o si crees que hay un error, no te desesperes. Tienes mecanismos de defensa:
- Si te detienen en el acto: Si un agente te detiene y te informa de una infracción, puedes negarte a pagar en ese momento. La multa irá a procedimiento sancionador. Ten en cuenta que si al final se confirma la sanción, la multa podría ser mayor y deberás pagar las costas del procedimiento. Valora cuidadosamente si te interesa esta opción.
- Si recibes la notificación en casa (o buzón digital): Tienes un plazo para presentar un "recurso de reposición" o "escrito de alegaciones", generalmente de 8 a 20 días hábiles, dependiendo de la notificación. Expones tus motivos y presentas las pruebas que tengas. Si la resolución del órgano sancionador no te es favorable, aún podrás presentar un recurso contencioso-administrativo.
La clave es la información y la acción a tiempo. No pagar por inercia te da margen para revisar los detalles y, quizás, librarte de una sanción que no te corresponde o que se puede impugnar legalmente. No te rindas ante la primera notificación; a menudo, hay más por descubrir.
¿Alguna vez te ha llegado una multa que consideraste injusta o errónea? ¡Comparte tu experiencia en los comentarios!